¿Qué es un Desfogue Pluvial?

R/ Autorización otorgada por la Municipalidad para encausar las aguas pluviales de una propiedad hacia un cuerpo receptor.

¿Cuándo debo solicitar una autorización de Desfogue Pluvial?

R/ La autorización de Desfogue Pluvial es otorgada por el Subproceso de Construcción de Obra Pública de la Municipalidad, se solicita, para condominios, comercios, industrias, usos institucionales, residencias, etc. cuando el área impermeable (techos, parqueo, calles, etc.) sea igual o mayor a 400 m2, o movimientos de tierra igual o mayor a 200m3.

¿Cuáles son los requisitos que debo presentar para aprobación de un Desfogue Pluvial?

R/ Se debe adjuntar la siguiente información para revisión y respaldo:

  1. Plano perfil topográfico debidamente firmado por el profesional responsable.
  2. Copia del plano de catastro de la propiedad a analizar. (Presentación de documento digital o número de plano para consulta)
  3. Planta de elementos a desfogar, la misma debe incluir techos, asfaltos, superficies en concreto, superficies en adoquines y cualquier otro elemento impermeable. En el caso que no se haya definido el proyecto (esto para efectos el trámite de la Viabilidad ambiental de la SETENA), debe diseñar contemplando toda el área del predio eventualmente se desarrollará el proyecto.
  4. Estudio hidrológico de la cuenca que conforma el cauce al cual se llevará dicho desfogue, debidamente firmado por el profesional competente y responsable del mismo.
  5. Para la inclusión en el diseño, de un sistema de alivio o retención que contemple las siguientes variables de forma obligatoria:
    1. Aporte al sistema será de un 50% del caudal que genere el proyecto.
    2. Periodo de retorno de 25 años.
    3. Tiempo de retención 60 minutos.
  6. Planos constructivos sellados por el CFIA. Si se trata de obras futuras, las mismas deberán ser contempladas en la solicitud de permiso de construcción. (Presentación de planos digital o número de proyecto para consulta)
  7. Para el caso de Rutas Nacionales deberá aportar visto bueno del MOPT donde autorice el rompimiento de la vía.
  8. Será requisito de presentación posterior a la aprobación, la presentación de un depósito de garantía por las obras a realizar, el cuál será estimado en función del valor de las obras.
  9. Se previene que en casos de cauces que no estén inscritos como públicos en los registros municipales, podrá solicitarse certificación del MINAET para los efectos respectivos.

Casos Especiales, Según Plan Regulador

11.5. Zona Residencial Alta Densidad (ZRAD)

Según el plano de zonificación, esta se ubica en la parte Norte del cantón y además abarca las áreas comerciales con el afán de reglamentar las zonas residenciales dentro de las comerciales, y se concibe como un área de concentración poblacional, ya que posee las mejores condiciones para el crecimiento urbano; las pendientes son bajas y la posibilidad de lograr una excelente infraestructura es aún mayor. Esta zona tendrá una densidad de 50 viviendas por hectárea. Comprende el sector al Sur de la ruta nacional 105 (sector Vista Alegre, Anonos, una parte de Bello Horizonte), y el sector al Norte de la misma ruta, antigua carretera a Santa Ana hasta el sector del Centro Comercial La Paco.

Dentro de estas zonas, en el sector que aparece afectado por la proximidad a cauces de ríos, deberá dejarse un retiro mínimo de 10 metros de no construcción desde la margen del río; además, para urbanizar esas zonas deben realizarse obras de infraestructura protectoras y rellenos que incrementen la altura del terreno para evitar que posibles avalanchas inunden el terreno urbanizado.

Los sectores en Bello Horizonte dentro de esta categoría, propensos a inundarse por la Quebrada Quebradillas, serán objeto de un estudio especial hidrológico para evaluar la aceptación o no de los proyectos propuestos dentro de esas zonas.

Además, los desarrollos que se hagan en la parte central de Bello Horizonte, al tener problemas de capacidad de desfogue de las aguas pluviales dentro de la cuenca de la Quebrada Quebradillas, deberán resolver el problema de conducción de aguas pluviales fuera de la cuenca de la mencionada quebrada.

11.6. Zona Residencial de Alta Alta Densidad (ZRAAD)

Se concibe como una serie de zonas de alta concentración poblacional para dar cabida a soluciones habitacionales de interés social, para la población económicamente menos favorecida del cantón. Estas zonas tendrán una densidad máxima de 150 viviendas por hectárea.

Esta categoría incluye los siguientes sectores que por sus características actuales socioeconómicas y de densidad requieren de normas especiales que permitan consolidarlos como zonas de una densidad más alta que la ZRAD.

Los siguientes sectores estarían sujetos a la reglamentación de esta zona, a saber:

  • En Guachipelín: Calle Boquerón (lotes de familias Jiménez Herrera y Jiménez Segura), Calle Los Herrera (alrededores de Iglesia San Gabriel), Calle Los Azofeifa (lotes Chino Wong y Enoc Azofeifa).
  • Sector Carrizal Medio: del puente a Barrio Corazón de Jesús.
  • Sector Urbanización Zárate.
  • Calle León en Bello Horizonte.
  • Lotes Protti: alrededores de La Hulera.
  • Calle Los Reyes: entre la Calle San Miguel y el Abastecedor Buenos Aires.
  • Urbanización Manuel Antonio: entre calle Sabanillas y lotes Toño León.
  • Sector Calle Entierrillos: alrededores del antiguo tanque Municipal y familia Arias Alvarado.
  • Sector Acave 1 y 2.
  • Calle Bernabé León y sectores aledaños.

Entre estas zonas, para el sector que aparece afectado por la mancha de amenaza de avalanchas (de acuerdo con el mapa de Amenazas Naturales que acompaña este Plan Regulador), deberá dejarse un retiro de no construcción de 20 metros de la margen del río; además, en caso de urbanizar estas zonas en terrenos colindantes con esta franja de 20 metros, deben realizarse obras de infraestructura protectoras y rellenos que incrementen la altura del terreno, para evitar que posibles avalanchas inunden los terrenos urbanizados.

Los sectores dentro de esta categoría, propensos a inundarse por la Quebrada Quebradillas, serán objeto de un estudio especial hidrológico, para evaluar la aceptación o no de los proyectos propuestos dentro de estas zonas.

Además, los desarrollos que se hagan en la parte central de Bello Horizonte, al tener problemas de capacidad de desfogue pluvial dentro de la cuenca de la quebrada antes mencionada, deberán resolver adecuadamente el problema de conducción de aguas pluviales fuera de esta cuenca.

12.5 Zona Mixta Lineal para el Desarrollo Sostenible (ZMLDS)

La Zona Mixta Lineal para el Desarrollo Sostenible, comprende un espacio dedicado a fomentar el Desarrollo Económico Local con prácticas amigables al medioambiente y la satisfacción de necesidades sociales y económicas locales. Las actividades mixtas permitidas en esta zona incluyen la residencia, el comercio de pequeña escala (barrio) y los servicios complementarios al uso residencial. Las edificaciones que se propongan deberán cumplir exhaustivamente con criterios de diseño, construcción y operación que logren un balance impacto-aporte del edificio a lo largo de todo su ciclo de vida y minimicen el impacto que se crea con la edificación del inmueble, implicando esto la alteración del medio ambiente por la manipulación y extracción de recursos, demanda de energía, transporte de insumos y la demanda de estos que tendrá durante su existencia. Además, se deberán atender aspectos de investigación y aplicación de instrumentos que den la mejor solución entre prácticas establecidas y conceptos emergentes en aras de lograr un desarrollo sostenible.

Requisitos:

  1. Diseño del Sitio o emplazamiento de la obra
    • El diseño del edificio debe proveer la ubicación idónea para que aproveche al máximo el aire y la luminosidad naturales a razón de utilizar las mismas en la dinámica del ciclo de uso del inmueble.
    • La ubicación del edificio debe servir a las demandas de servicios dentro de distancias transeúntes para peatones y sistemas de transporte no motorizado, por esto los edificios deben estar en puntos estratégicos donde suplan una necesidad en vez de crearla. En el caso de edificios de comercio y servicios, deberán prever facilidades de vestidores, duchas y parqueo de bicicletas para los trabajadores que desean emplear este medio de transporte. Las facilidades anteriores deberán ser previstas a razón de un local con ducha y vestidor para hombres por cada 400m² de área construida o fracción y un local con ducha y vestidor para mujeres por cada 300 m² de área construida o fracción.
  2. Gestión del recurso hídrico:
    • El edificio deberá tener capacidad de captar y reutilizar el agua de lluvia supliendo con ella necesidades que no requieran provisión de agua potable.

Plan Regulador del Cantón de Escazú Página 50 de 102

Además, el diseño del edificio y su entorno deberá garantizar la reducción del caudal del desfogue pluvial que genere, aplicando además el uso de pavimentos y tuberías permeables en toda la extensión de sus áreas de parqueo, excepto los generados en subterráneo dentro de la cobertura del edificio.

Observaciones Generales

  1. La dirección de correo electrónico que se consigne, será el lugar habilitado para atender notificaciones según la Ley de Notificaciones Judiciales y la Ley General de la Administración Pública.
  2. Toda obra de alcantarillado debe cumplir con las normas del A y A.
  3. Toda norma nueva debe contemplar la construcción de la acera peatonal o la reparación de esta por todo el frente con la vía pública.
  4. Todo trámite debe aportar la documentación legal de propietario del proyecto. En caso de persona jurídica, debe aportar la documentación legal correspondiente.
  5. En caso de que el trámite sea presentado por un tercero, el solicitante, debe presentar la autorización respetiva.

Para cualquier consulta adicional se puede enviar al correo electrónico: obrapublica4@escazu.go.cr

¿Qué debo de hacer para solicitar un trámite de desfogue pluvial?

R/ Puede realizar este trámite en línea desde la comodidad de su casa u oficina llenando el formulario en línea por medio del siguiente enlace: